Regulación para tatuadores y micropigmentadores.

En nuestros días es común que las personas se sometan a procesos para realizarse tatuajes y/o micropigmentaciones, ambas son prácticas muy comunes. Pero estas actividades conllevan ciertos riesgos por lo cual, tanto los establecimientos donde se practican, como las personas que los realizan, están sujetos a vigilancia sanitaria por parte de Cofepris y al cumplimiento de la regulación sanitaria que le aplica.

Según la Ley General de Salud (art. 268 Bis) las definiciones:

Tatuador: Persona que graba dibujos, figuras o marcas en la piel humana, introduciendo colorantes bajo la epidermis con agujas, punzones u otro instrumento, por las punzadas previamente dispuestas.

Micropigmentador: Persona que deposita pigmentos en áreas específicas de la piel humana, bajo la epidermis, en la capa capilar de la dermis con agujas accionadas mediante un instrumento manual o electromecánico.

Las clínicas o lugares donde se realizan tatuajes y/o micropigmentaciones deben contar con un Aviso de Funcionamiento de productos y establecimientos, con el cual dan aviso a Cofepris de que están en operación y que realizan procedimientos de tatuajes y micropigmentaciones.

Adicionalmente, cada una de las personas que realizan tatuajes y micropigmentaciones (tatuadores y micropigmentadores) deben contar con una Tarjeta de control sanitario la cual es autorizada por Cofepris a solicitud expresa del Tatuador y/o Micropigmentador. Estas tarjetas de control sanitario tienen una vigencia de 2 años, contados a partir de la fecha de emisión de la misma y se puede prorrogar la vigencia por periodos de dos años, previa solicitud ante Cofepris.

Con la autorización de las Tarjetas de control sanitario, Cofepris revisa la técnica y el procedimiento detallado que realizan (incluyendo materiales, equipos, etc.), la experiencia de la persona en la realización del procedimiento y técnica, así como asegurarse de que las personas tienen conocimientos de primeros auxilios y dominio de técnicas de higiene y asepsia, y finalmente garantizar que el Tatuador o Micropigmentador tiene las vacunas de tétanos y hepatitis B.

Tanto los establecimientos, como los tatuadores y micropigmentadores deben tener conocimiento de la información que aquí mencionamos con el fin de cumplir con la regulación y evitar alguna sanción por parte de Cofepris.

Como usuarios de servicios de tatuajes y/o micropigmentaciones es importante conocer esta regulación con el fin de preguntar y asegurarnos que los lugares a los que asistimos a realizar alguno de estos procesos cumplen con esta regulación y todo está en orden.

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Expertos en consultoría e inteligencia regulatoria y farmacovigilancia en Mexico. Especialistas en aprobaciones Medicamentos, Dispositivos Médicos y otros productos y servicios en Cofepris.

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